Cuando hablamos de herencias, nos encontramos con dos términos que pueden generar confusión: los herederos y los legatarios. Aunque ambos participan del reparto de los bienes de una persona fallecida, sus roles y derechos no son exactamente los mismos.
En este artículo, vamos a explicarte las diferencias clave entre herederos y legatarios, para que entiendas quién hereda qué y cuáles son sus respectivas responsabilidades según la normativa española.
¿Qué es un Heredero?
El heredero es la persona que recibe el conjunto del patrimonio del fallecido o una parte proporcional del mismo, incluyendo tanto los derechos como las obligaciones (artículo 661 del Código Civil). En otras palabras, los herederos se convierten en los sucesores universales de la persona fallecida y asumen tanto los bienes y derechos, como las deudas que esta tuviera al momento de su muerte. Por así decirlo el heredero “toma el lugar” del fallecido respecto a sus bienes y responsabilidades.
Tipos de Herederos
- Herederos Forzosos o Legitimarios: Según la normativa española, existen personas que tienen derecho a recibir una parte de la herencia sí o sí. Estos herederos son los descendientes, ascendientes y, en ciertos casos, el cónyuge del fallecido (artículos 806 y siguientes del Código Civil). Esta parte de la herencia es conocida como legítima. (Si quieres conocer más sobre este tema, te invitamos a leer nuestro post ¿Qué es la legítima estricta y cómo se calcula?. Ahí encontrarás toda la información detallada sobre el valor de la legítima y su reparto entre herederos).
- Herederos Voluntarios: Además de los herederos forzosos, una persona puede designar herederos en su testamento, quienes serán denominados herederos testamentarios. Estos no necesariamente tienen que ser familiares y solo heredan si están expresamente indicados en el testamento.
Derechos y Obligaciones del Heredero
Los herederos, además de recibir los bienes y derechos del fallecido (como propiedades, dinero, etc.), también heredan sus deudas. Esto significa que, si el fallecido tenía préstamos pendientes o facturas sin pagar, los herederos deben hacerse cargo de esas deudas.
Sin embargo, existe una forma de limitar esta responsabilidad. Los herederos pueden optar por aceptar la herencia «a beneficio de inventario». Esto significa que las deudas del fallecido se pagarán solo con los bienes que se hereden. De esta forma, el patrimonio personal del heredero (su propio dinero y propiedades) no se verá afectado si las deudas del fallecido superan el valor de lo que se ha heredado. Es decir, el heredero no tiene que poner de su propio bolsillo para pagar las deudas, ya que solo responde con los bienes que ha recibido del fallecido.
¿Qué es un Legatario?
El legatario, por otro lado, es la persona que recibe uno o varios bienes concretos que el testador ha dejado expresamente en el testamento (artículo 858 del Código Civil). A diferencia del heredero, el legatario no recibe el conjunto del patrimonio, sino un bien específico: puede tratarse de un inmueble, una cantidad de dinero o cualquier otro objeto concreto.
El legatario no es sucesor universal, sino sucesor particular, lo que implica que no asume las deudas del fallecido, salvo que el testador haya indicado expresamente lo contrario. Los legatarios solo se benefician de los bienes indicados en el testamento y no tienen ninguna obligación más allá de los límites de lo recibido.
Diferencias entre Herederos y Legatarios
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Naturaleza del Derecho Heredado:
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- Heredero: Sucede al fallecido de manera universal, es decir, recibe todos los bienes, derechos y obligaciones del causante o una proporción de ellos.
- Legatario: Recibe un bien específico, como una casa, una suma de dinero, joyas, etc.
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Asunción de Deudas:
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- Heredero: Asume tanto los bienes como las deudas. Puede aceptar la herencia pura y simplemente (asumiendo las deudas de manera ilimitada) o a beneficio de inventario.
- Legatario: No asume las deudas, salvo que se indique expresamente. Los legatarios no responden personalmente de las deudas del causante.
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Orden de Distribución:
- Heredero: Tiene prioridad sobre el legatario en el proceso de adjudicación de los bienes. Primero se debe cubrir la legítima de los herederos forzosos y luego se distribuyen los bienes según las instrucciones del testamento.
- Legatario: Recibe los bienes una vez se han satisfecho los derechos de los herederos.
Ejemplo Práctico
Imaginemos el caso de María, quien al fallecer deja un testamento. En este testamento indica que su hijo Juan será su heredero, mientras que a su amiga Ana le deja en legado un coche que ella tenía.
- Juan, como heredero, recibe todos los bienes, derechos y deudas que tenía María, lo cual incluye su casa, sus ahorros y también cualquier préstamo pendiente.
- Ana, como legataria, solo recibe el coche. No tiene ningún derecho sobre el resto del patrimonio de María, ni tampoco obligación de asumir las deudas de esta.
El Proceso de Adjudicación de Herencias y Legados
En el proceso de distribución del patrimonio, la primera etapa es la aceptación de la herencia. Los herederos deben decidir si aceptan la herencia pura y simplemente, a beneficio de inventario, o si la rechazan. Una vez hecho esto, los legados se entregan a los legatarios.
Es importante destacar que los legatarios no tienen derecho a recibir sus legados hasta que se hayan satisfecho las deudas del fallecido, siempre y cuando los bienes de la herencia sean suficientes para ello (artículo 887 del Código Civil). Además, si hay herederos forzosos, primero se debe cubrir su parte legítima antes de otorgar cualquier legado.
Implicaciones Fiscales para Herederos y Legatarios
Tanto los herederos como los legatarios deben pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aunque la cuantía varía dependiendo de la naturaleza del bien y del parentesco con el fallecido. En términos generales:
- Los herederos, al recibir una mayor parte del patrimonio y asumir las deudas, suelen tener una base imponible más alta, lo cual puede incrementar su carga fiscal.
- Los legatarios, al recibir bienes concretos, solo tributan por el valor de esos bienes.
En resumen, la principal diferencia entre herederos y legatarios radica en la extensión del patrimonio recibido y en las responsabilidades asumidas. Mientras que los herederos son los sucesores universales que reciben tanto los bienes como las deudas del fallecido, los legatarios solo obtienen los bienes específicos que les han sido asignados en el testamento, sin asumir responsabilidades adicionales.
Si te encuentras en una situación en la que necesitas determinar si eres heredero o legatario, o si deseas realizar un testamento y asegurarte de que tus bienes se distribuyan tal y como deseas, lo más recomendable es acudir a un abogado especializado en derecho sucesorio. Cada caso tiene sus particularidades, y contar con el asesoramiento adecuado te permitirá tomar decisiones informadas y ajustadas a la normativa vigente.